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Facua, 'libre' tras la polémica por el estado del cementerio

Por Redacción - Mayo 14, 2017
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Facua, 'libre' tras la polémica por el estado del cementerio
Imagen de archivo de un cementerio, lugar que ha sido objeto de disputa en Linares entre Facua y la empresa que lo gestiona.

La Audiencia Provincial de Jaén ha dictaminado que la asociación y su secretario general no incurrieron en delitos de injurias ni calumnias

Facua Jaén está de enhorabuena después de que la Audiencia Provincial de Jaén se haya pronunciado finalmente acerca de la disputa entre la asociación jiennense de consumidores y la sociedad Cementerio Parque Linares SA acerca del estado del camposanto y la gestión del mismo por parte de la empresa. De este modo, tal y como informa la asociación en una nota, los tribunales han dictaminado que Facua Jaén y su secretario general, Felipe Serrano, no incurrieron en delitos de injurias ni calumnias contra la empresa que gestiona el cementerio de Linares al manifestar públicamente una serie de críticas a comienzos de 2015.

La sociedad mixta que gestiona el cementerio municipal, Cementerio Parque Linares SA, ha visto así desestimada la querella que interpuso por una serie de manifestaciones realizadas en abril de 2015 y en las que se criticaba a la empresa: "Por la gestión calamitosa, el abandono y dejadez en la gestión del cementerio, la quema de ataudes fuera del lugar correspondiente y por tener escombros depositados en diversas zonas", tal y como explica la asociación, que celebra la decisión judicial y lamenta que la empresa que gestiona el cementerio respondiese así a sus críticas. "Fueron planteadas en el ejercicio del derecho a la libertad de información y desde la obligación que tiene la asociación de reivindicar los derechos de los usuarios y denunciar abusos", explican.

NO HAY DELITO

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha estimado el recurso de apelación interpuesto por Facua Jaén y su secretario general, de manera que "revoca íntegramente" el auto dictado el pasado febrero por el Juzgado de Instrucción número 5 de Linares por el que acordó continuar las actuaciones por el cauce del procedimiento abreviado al entender que en los investigados existían "indicios racionales de la comisión de un delito de injurias y/o calumnias". En su auto, emitido el 19 de abril, la Audiencia acuerda "el sobreseimiento de la causa" al no ser los hechos investigados constitutivos de "infracción penal".

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