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Autónomos y empresas ya pueden solicitar las ayudas del Fondo Covid

Por Fran Cano - Junio 17, 2021
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Autónomos y empresas ya pueden solicitar las ayudas del Fondo Covid
Imagen de recurso.

Las ayudas serán tramitadas por la Consejería de Empleo y oscilarán entre los 3.000 y los 200.000 euros en función de la caída de ingresos

Las ayudas del Fondo Covid ya están disponibles para que sean solicitadas por las empresas y por los autónomos de la provincia, tal y como recuerda en un comunicado la subdelegada del Gobierno, Catalina Madueño.

Andalucía recibirá 1.109 millones de euros del fondo, de modo que es la segunda comunidad autónoma del país con más respaldo. “El Gobierno de Pedro Sánchez se están volcando con nuestra tierra para proteger a los sectores económicos más golpeados por la crisis sanitaria”, especifica Madueño.

Las cuantías de las ayudas oscilan entre los 3.000 y los 200.000 euros, y se calculará en función en función de la caída de su facturación y número de trabajadores de la empresa (más o menos de diez).

En Andalucía, la Consejería de Empleo es la encargada de tramitar las solicitudes y aplicará las medidas aprobadas por el Gobierno de España el pasado 12 de marzo dotadas con 7.000 millones de euros, de los que 1.109 corresponden a la región. Los solicitantes de las subvenciones han de tener sede en Andalucía, deben estar al corriente pago con la Seguridad Social y Hacienda, y no encontrarse en concurso de acreedores. Tanto empresas como autónomos deberán comprometerse a mantener la actividad, no el empleo, hasta el 30 de junio de 2022.

PRINCIPALES CONDICIONES

Los autónomos y empresas interesadas podrán solicitar las ayudas en dos fases. Una primera, cumplimentando un sencillo formulario en la web de la consejería de Empleo. Se trata de una actuación previa a la solicitud formal donde se recoge la autorización del solicitante para consultar los datos fiscales que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha de suministrar a la Junta de Andalucía para el cálculo de la subvención aplicable en el caso de cumplir con los requisitos establecidos.

Las principales condiciones requeridas para ser beneficiario de estas ayudas son, básicamente, que la actividad económica se encuadre en uno de los más de 200 códigos CNAE recogidos en el anexo del DL 10/2021, no haber declarado pérdidas en 2019 y que las operaciones interiores por IVA hayan disminuido en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019.

Además, los solicitantes de estas subvenciones han de tener sede en Andalucía, deben estar al corriente pago con la Seguridad Social y Hacienda, y no encontrarse en concurso de acreedores. Tanto empresas como autónomos deberán comprometerse a mantener la actividad, no el empleo, hasta el 30 de junio de 2022.

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