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La Seguridad Social paga 2,77 millones de euros a 3.593 autónomos de Jaén

Por Fran Cano - Enero 02, 2021
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La Seguridad Social paga 2,77 millones de euros a 3.593 autónomos de Jaén
Imagen de recurso.

Las prestaciones abonadas en Jaén desde marzo ascienden a más de 61 millones de euros

La Seguridad Social ha abonado 2,77 millones de euros a 3.593 trabajadores autónomos jiennenses a través de alguna de las prestaciones para paliar la situación del colectivo como consecuencia de la pandemia de la Covid-19, según asegura la Subdelegación del Gobierno en un comunicado.

En Jaén se han abonado desde marzo del año pasado 61 millones de euros. La cifra de trabajadores por cuenta propia respaldados en Andalucía alcanza es de 62.958 y han recibido 47 millones de euros. Desde marzo la cuantía asciende a 873 millones de euros.

En esta última nómina de 2020, se incluyen la prestación para aquellos autónomos que se han visto obligados a suspender su actividad de forma temporal por resolución administrativa relacionada con el control de la pandemia, la prestación compatible con la actividad, la prestación extraordinaria por bajos ingresos (sin periodo de carencia) y las ayudas para autónomos de temporada.

En todo el territorio nacional serán 349.342 trabajadores por cuenta propia quienes reciban 248,44 millones de euros, cifra que suma un total de 4.924 millones de euros desde marzo. Por tipo de prestación, 64.640 trabajadores autónomos recibieron este miércoles la ayuda para afectados por una suspensión temporal de toda la actividad a causa de resolución de la autoridad competente que se incluyó en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.

Las ayudas formaron parte del acuerdo al que se llegó con las asociaciones de autónomos a finales de septiembre y en el que también se acordó la extensión y ampliación hasta el 31 de enero de 2021 de las ayudas a los trabajadores autónomos.

REQUISITOS Y CUANTÍAS

Para acceder a la prestación por suspensión temporal obligada por resolución administrativa hay que estar afiliado/a y en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución. Además, hay que estar al corriente de pago de las cuotas.

La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada, cantidad que se incrementa un 20% si el autónomo/a es miembro de una familia numerosa. El trabajador quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, pero ese periodo le contará como periodo cotizado.

La exoneración de cuotas se extenderá hasta el último día del mes siguiente al que se levante dicha medida. Además, para cubrir a aquellos trabajadores que no cumplen los requisitos para acceder a la prestación compatible con la actividad, por ejemplo, por tener una tarifa plana o no haber cotizado durante los últimos doce meses, se creó una ayuda sin periodo de carencia que ha beneficiado en esta nómina a 48.910 trabajadores.

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