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Jaén y Linares, las dos ciudades que pueden tener peajes urbanos

Por Esperanza Calzado - Mayo 30, 2022
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Jaén y Linares, las dos ciudades que pueden tener peajes urbanos
Cerrada al tráfico la calle Madre Soledad Torres Acosta. Foto: Beatriz Rivilla

El Gobierno contempla aprobar este año la Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte, cuya entrada en vigor se contempla para 2023

"Nuestra intención es llevar próximamente el anteproyecto de ley al Consejo de Ministros en segunda lectura, después de incorporar las aportaciones y observaciones del resto de ministerios. El escenario que nos marcamos es poder aprobar la ley durante este año". El anunció de la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, durante la presentación del Global Mobility Call, de la futura aprobación de la Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte, cuya entrada en vigor está prevista para 2023, no ha dejado indiferente a nadie. La normativa contempla la creación de peajes urbanos para ciudades mayores de 50.000 habitantes, entre ellas Jaén y Linares

Así lo anunció anteriormente el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Explicó que la futura ley contempla la  contempla la posibilidad de que los municipios aprueben sus propias tasas para que los vehículos circulen por sus respectivas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Son los denominados peajes urbanos. Serán los propios ayuntamientos los que tengan la última palabra.

Conviene recordar que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética ya tiene previsto que el año que viene es obligatorio adoptar Zonas de Bajas Emisiones para los municipios con más de 50.000 habitantes, entre ellos Jaén y Linares. También, será de obligado cumplimiento las localidades con más de 20.000 pero que superen los límites de contaminación establecidos.

En particular, para el diseño de Zonas de Bajas Emisiones los Ayuntamientos deberán establecer objetivos que permitan mejorar la calidad del aire, garanticen el cumplimiento de los límites regulados para distintos contaminantes y tiendan a alcanzar los estándares definidos por la Organización Mundial de la Salud, así como objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero coherentes con los determinados por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima. A partir de ahí, deberán articular las medidas necesarias para que las Zonas de Bajas Emisiones contribuyan a alcanzar estos objetivos.

Las directrices no determinan una extensión mínima para las zonas de bajas emisiones, que dependerá de las características de cada municipio, pero sí señalan que deberá ser significativa y suficiente para el cumplimiento de los objetivos. Se identifican distintos modelos de ZBE, tanto estructurales (núcleo, en áreas concretas, o anillo, introduciendo gradualidad por áreas concéntricas) como complementarias (especiales, para áreas como campus universitarios, parques empresariales, entornos escolares o sanitarios, y específicas para tramos de calles en las que concurran circunstancias singulares).

Tampoco se determina para qué tipologías de vehículos deberá restringirse el acceso a una ZBE. De nuevo, dependerá de cada caso, debiendo diseñarse las restricciones de modo que hagan posible alcanzar los objetivos. En todo caso, las directrices apuntan que el diseño de las ZBE deberá tener en cuenta la pirámide de movilidad, dando prioridad al peatón, a la movilidad activa y al transporte público por delante del vehículo privado. Respecto de este último, y con el fin de alcanzar los objetivos en materia de calidad del aire y cambio climático, deberán priorizarse los vehículos con emisiones bajas y, preferentemente, nulas, contribuyendo así a impulsar la electrificación del transporte.

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