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El día de los niños

Por Esperanza Calzado - Abril 26, 2020
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El día de los niños

La provincia de Jaén cuenta con 89.245 menores de 14 años que a partir de hoy pueden salir una hora a la calle acompañados de un adulto

Ariadna Casado tiene seis años. Vive en La Carolina y desde el 14 de marzo no ha salido a la calle. Como mucho, a la puerta para ver cómo la Policía Local y Protección Civil felicitaban a su hermana, Ainhoa, que ha cumplido dos años en pleno confinamiento. Durante mes y medio ha reído, saltado, hecho deporte casero, estudiado, grabado vídeos, dibujado, jugado, cocinado y también se ha aburrido. Ha hablado mucho por videollamada con la familia que tiene lejos. Porque en medio de una pandemia que obliga al país a confinarse, vivir en otro barrio es estar tan alejados como residir en otra ciudad. Cuando se le pregunta qué va a hacer hoy no puede evitar pintar una sonrisa en la cara y frotarse las manos. Porque este domingo 26 de abril de 2020 es el gran día de los niños.

—Quiero correr y saltar.

Lo tiene claro. Durante todo este tiempo, Ariadna ha compaginado las mañanas de estudio con las tareas asignadas por sus maestros del CEIP Navas De Tolosa-La Carolina, con las tardes de juego para intentar distraer a su hermana de dos años, que vive ajena a todo lo que ocurre en el exterior. Sin embargo, ella sí sabe qué es el coronavirus, por qué no puede salir a la calle y, sobre todo, las medidas de protección que debe tomar.

 —Cuando me asomo al tranco después siempre me lavo las manos y luego me doy con desinfectante.

Le acompaña su madre, Manoli Lorenzo, mientras conversa con este periódico y sale a relucir una pregunta que la pequeña le hace prácticamente a diario.

—¿Por qué mi madre tiene que ir a trabajar todos los días y los demás no?

Y es que ella es empleada de un supermercado. Es una de las miles y miles de personas en España que están en primera línea de batalla para que a los demás no le falte de nada y así se lo hace entender a Ariadna, que la mira con orgullo durante la videollamada. Porque si el supermercado cierra, la gente no puede comer. Ahora entiende el importante papel que juega su madre en esta batalla.

Con tanta ilusión como cuando en la feria dedican una jornada con precios especiales para que los menores se monten en el mayor número de atracciones posibles, hoy Ariadna será una de esos 89.245 jiennenses menores de 14 años pueden salir a la calle una hora. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, 25.801 tienen menos de 4 años; 29.769, entre 5 y 9; mientras que otros 33.675 tienen entre 10 y 14. Representan, coincidencias, cerca del 14 por ciento de la población y, junto a un adulto, hoy viven su gran día.

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la orden que regula las condiciones para los desplazamientos de la población infantil. El objetivo es aliviar las medidas a las que han estado sometidos y las posibles consecuencias negativas que esta situación conlleva, al tiempo que se respetan las medidas de seguridad necesarias. Y es que el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas considera que, en la situación de Estado de Alarma, se debería permitir a los pequeños poder disfrutar diariamente de actividades fuera de casa de manera supervisada y manteniendo las garantías de higiene y distanciamiento social. ¿Cómo deben ser las salidas? 

CONDICIONES

1.  Los menores de 14 años podrán dar paseos controlados, acompañados de un adulto durante una hora al día.

2. Se establece un horario amplio para evitar aglomeraciones que va desde las 09:00 horas de la mañana y las 21:00 horas.

3. Se puede pasear a una distancia de un kilómetro alrededor de su domicilio y sin acceder a espacios recreativos infantiles al aire libre o instalaciones deportivas.

4. El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños.

5. Deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene recomendadas.

6. La persona que acompañe a los menores tiene que ser mayor de edad, convivir en el mismo domicilio que el niño o niña actualmente, o ser un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de los progenitores.

7. No podrán salir los menores que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico confirmado por el Covid-19 o estén en período de cuarentena domiciliaria por haber estado en contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de esta enfermedad.

8. Respecto a los niños y niñas que residan en centros de protección de menores, centros habitacionales sociales de apoyo para personas con discapacidad u otros servicios residenciales análogos serán las comunidades autónomas, respetando lo regulado en esta Orden, las que podrán, en el ejercicio de sus competencias en materia de protección y tutela de personas menores de edad, adoptar las medidas necesarias para adecuar la aplicación.

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