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La letra pequeña del "Nivel 3" para el fin del estado de alarma

Por Esperanza Calzado - Mayo 08, 2021
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La letra pequeña del "Nivel 3" para el fin del estado de alarma
Foto: Esperanza Calzado.

La liberación de restricciones para la hostelería y ocio nocturno están condicionadas por las limitaciones del Nivel 3 de Alerta en el que se encuentra Jaén

Es sábado noche y, como diría la expresión, el cuerpo lo sabe. Son muchos los jiennenses que se preparan para vivir la primera noche tras meses sin toque de queda y con el ocio nocturno abierto hasta las dos. Sin embargo, las 'libertades' que tienen Málaga o Huelva no son las mismas de Jaén. Están condicionadas al Nivel de Alerta en el que se encuentra, el 3 en el caso del mar de olivos, y afecta, principalmente, a los aforos.

Así se determina en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que recoge la letra pequeña de la fase de estabilización, que arranca el 9 de mayo y se prolongará hasta el 31.

Medidas para la hostelería.

-El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 24:00 horas.

-Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 50% de aforo máximo para consumo en el interior del local.

-Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, en el caso que la licencia sea concedida por primera vez.

-Las mesas tendrán un límite de 4 personas en interior y de 6 personas en exterior.

-Se permite el servicio y consumo en barra con el distanciamiento establecido.

-Se permite el servicio de buffet, siempre que se adopten medidas para mantener la distancia de seguridad interpersonal entre personas, señalética de flujos de tránsito por el buffet, disposición de geles hidroalcohólicos en su entrada y supervisión del cumplimiento de estas medidas.

Medidas para establecimientos de ocio y esparcimiento y para reuniones en espacios públicos.

-El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 02:00 horas.

-En interiores, se permitirá únicamente su apertura si no sirven exclusivamente bebidas, manteniendo en este nivel de alerta las medidas establecidas para los establecimientos de hostelería y restauración.

-En exteriores, en las zonas al aire libre podrán ocupar el 50% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, en el caso que la licencia sea concedida por primera vez. Las mesas tendrán un límite de 6 personas en exterior.

-No se permitirá el servicio y consumo en barra.

-No se permitirán actuaciones de pequeño formato y la actividad de baile no estará permitida.

Medidas complementarias para los establecimientos comerciales.

-En el nivel de alerta sanitaria 3, la ocupación del establecimiento no podrá superar el 60% del aforo autorizado, si se guarda la debida distancia interpersonal.

-La ocupación de los mercadillos no podrá superar el 75% del aforo autorizado, si se cumplen las medidas de distancia.

 

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